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¿Quién puede solicitar una visa U?
La visa U es para inmigrantes indocumentados que encuentren cada uno de los siguientes situaciones:
1.Que hayan sido víctimas de: rapto, abuso sexual, chantaje, violencia domestica, extorsión, mutilación genital, incesto, secuestro, violación, asesinato, homicidio involuntario prostitución, obstrucción de la justicia, explotación sexual, tortura, exclavitud moderna, manipulación para conspirar o cometer uno de los crimenes mencionados.
2.Haya sufrido abuso sustancial, físico o mental, como resultado de uno de los crímenes mencionados
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3.Tiene información sobre el crímen ocurrido
4.Ha ayudado o quiere ayudar en la investigación de crimen
5.El crimen cometido violó las leyes de Estados Unidos u ocurrió en EE.UU.
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¿Cuál es el procedimiento para solicitar la visa U?
Un extranjero víctima de un crimen debe llenar el formulario I-918, Petition for U Nonimmigrant Status.
El formulario exige información sobre la elegibilidad del solicitante así como la admisibilidad a estados Unidos. Todas las solicitudes de visa U se deben enviar a la oficina de USCIS en Vermont.
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¿Hay que pagar por solicitar la visa U?
No, el programa busca el bienestar de los solicitantes, la decisión del departamento de inmigración de no cobrar por la solicitud de esta visa demuestra el propósito humanitario de la ley.
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¿Qué previene que cualquier extranjero diga que fue víctima de un crimen para solicitar el estatus que otorga la visa U?
El formulario para solicitar la visa U debe estar acompañado de un certificado de asistencia provisto por una agencia certificante. Este certificado o formulario es el I-918, supplement B, U Nonimmigrant Status Certification.
El certificado demuestra que el solicitante está ayudando o podría ayudar en la investigación del crimen y en el juicio o proceso del caso.
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¿Cuáles son las agencias certificantes?
Las agencias certificantes en las que se puede conseguir el formulario I-918, supplement B, conocido como: a U Nonimmigrant Status Certification son:
-Agencias policiales a nivel federal, local o estatal, fiscales, jueces y otras autoridades que investguen o precesen la actividad criminal.
-Otras agencias como las de servicio de protección al menor, La Comisión para la Igualdad en el Empleo y el Departamento de Trabajo también son agencias certificantes ya que tienen jurisdicción para la investigación de crimenes dentro de su área de trabajo.
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¿Qué tanto se puede mantener el estatus que otroga la visa U?
El estatus que otorga la obtención de la visa U no puede exceder cuatro años. Sin embargo, se puede extender si la agencia certificante considera que la presencia del extranjero es requerida en Estados Unidos para que ayude en la investigación, proceso o juicio de la actividad criminal.
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¿Puede un extranjero pedir la visa U estando fuera de Estados Unidos?
Sí, el departamento de inmigración determinó que el cuadro legal para este estatus permite a extranjero víctimas de crimenes solicitar la visa U estando fuera o dentro de Estados Unidos.
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¿Hay un límite de solicitantes de visa U?
Sí, el departamento de inmigración no puede otorgar más de 10 mil visa U en cualquier año fiscal (Octubre 1- Septiembre 30). Esto no afecta a familiares que buscan protección bajo la solicitud de la víctima principal.
El departamento de inmigración creará una lista de espera si el límite es alcanzado antes de que se adjudiquen las peticiones de visa U. Esta lista prove un mecanismo para qwu las víctimas cooperando con las autoridades estadounidenses puedan estabilizar su estatus migratorio. Los solicitantes de la visa U asignados a la lista de espera obtendrán libertad bajo
palabra mientras esten en ella. esto significa que podrán solicitar el permiso de trabajo o viajar hasta que su petición sea adjudicada.
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¿Pueden familiares del solicitante principal obtener el estatus que otorga la visa U?
Los familiares pueden obtener el estatus que otorga la visa U bajo ciertas circunstancias. El solicitante principal debe hacer la petición en nombre de sus familiares.
-Si el solicitante principal es menor de 21 años puede hacer la solicitud en nombre de su esposa/o, hijos, padres y hermanos solteros menores de 18 años.
-Si el solicitante principal es mayor de 21 años puede hacer la solicitud en nombre de su esposo/a e hijos
El solicitante principal debe llenar el formulario I-918, Supplement A, Petition for Qualifying Family Member of U-1 Recipient; en nombre de los familiares que califican.
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¿Puede un individio con Visa U solicitar la residencia?
-Sí, el individuo debe haber estado presente en Estados Unidos por un período continuo de al menos tres años desde que se le adjudicó la visa U.
-El individuo debe no haberse rehusado sin razón a cooperar con las autoridades estadounidenses desde el moneto que recibió la visa U.
-La agencia certificante debe determinar que se justifica la presencia del individuo en el país por motivos humanitarios.
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¿Pueden familiares del solicitante principal solicitar la residencia?
Sí, Hay dos maneras para que familiares de portadores de visa U soliciten la residencia estadounidense. Primero los familiares con visa U deben ser elegibles para solicitar la residencia. También pueden ser elegibles algunos familiares que
nunca han portado una visa derivada de la visa U del solicitante principal.
¿Cuáles son los requisitos para que familiares elegibles que nunca han portado una visa derivada de la visa U del solicitante principal soliciten la residencia permanente?
La ley permite al departamento de inmigración extender estos beneficios a esposa/o, hijos y padres dependiendo de la relación que mantengan con el solicitante principal y si cumplen los siguientes requisitos:
-El miebro del solicitante principal nunca fue admitido en Estados Unidos con una visa U
-Se establece que el solicitante principal o su familiar sufrirán de no ser admitido el familiar en Estados Unidos
Fuente: US Citizenship and Immigration Services
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